Trabajador muere al recibir una descarga eléctrica en el centro de Monterrey

Cuando se encontraba realizando labores, un empleado de una empresa de telefonía murió al recibir una descarga eléctrica en un comercio en el centro de Monterrey.

Los hechos ocurrieron en un restaurante ubicado en la calle Mariano Escobedo y la avenida Francisco I Madero, cuando según el reporte el hombre subió por una escalera hacia el techo del establecimiento.

Sin embargo, en el área había líneas de alta tensión, al subir al techo el trabajador recibió una descarga eléctrica de 13 mil 200 voltios, misma que lo proyectó a un costado donde quedó sin vida.

Hasta el sitio acudieron paramédicos de la Cruz roja quienes informaron que el hombre ya no contaba con signos vitales, también acudieron unidades de la policía y personal de Protección Civil de Monterrey.

Debido a que en la zona las líneas de alta tensión aún contaban con energía, fue necesario el arribo de las cuadrillas de la Comisión Federal de Electricidad para que cortaran el servicio en tanto se realizaban las labores necesarias para el rescate de la víctima mortal.

En tanto agentes ministeriales y periciales realizaron las investigaciones correspondientes y el deslinde de responsabilidades.

Existen ciertos supuestos en los que, aunque el trabajador tenga un accidente trabajando no se considerará accidente laboral, y son los siguientes:

• Cuando ocurra por fuerza mayor y por causas ajenas al trabajo, como por ejemplo los fenómenos naturales de un tornado o un terremoto. Pero si el trabajador ejerce su puesto de trabajo al aire libre y sufre una insolación si se consideraría accidente de trabajo.

• En el caso de que sea causado por terceras personas ajenas a la empresa.

• Si se produce porque el trabajador no ha cumplido con las normas de seguridad de la empresa, siempre y cuando ésta le haya informado bien sobre estas normas.

• Cuando el trabajador lo haya provocado intencionadamente, con mala fe.

Cuando el accidente sea calificado como “no laboral” y el trabajador no esté conforme, puede presentar una reclamación en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El trabajador que sufre un accidente de trabajo tiene una serie de derechos, porque el empresario cotiza por él a la seguridad social por los conceptos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

Los derechos de un trabajador que sufre un accidente laboral son los siguientes:

• Asistencia médica

• Prestación de incapacidad temporal

• Indemnización por muerte del trabajador

• Indemnización por incapacidad permanente

• Indemnización por lesión física definitiva

• Indemnización por convenio colectivo

• Indemnización por falta del empresario

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